Con el fin de imponer
la religión y ejercer control en la vida de los antiguos peruanos, los curas
acusaban a las personas —principalmente indígenas— de ser hechiceras o
brujas por el simple hecho de que practicaban sus tradiciones. Para los
españoles, esas costumbres eran herejías porque iban contra la fe católica.
Estas
acusaciones, en gran parte, era falsas y calumniosas, como sucedió en Chacas
en el año 1697.
En un documento de la época que obra en el Archivo Arzobispal de Lima[1],
una mujer identificada como Juana de Aponte y Manrique, se vio obligada
a denunciar al cura del pueblo, Pedro Miranda y Zevallos, por meterla en
la cárcel con la falsa acusación de que era “superticiosa y maléfica”. Junto
a ella se castigó también a otras mujeres, pero en el documento no se precisa a
quiénes ni a cuántas.
Al parecer, Juana tenía enemistad con el cura de San
Luis de Huari, Francisco de Prado, quien le “metió candela” al cura de Chacas para que
la acusara de bruja.
Frente a ello, su primo hermano, llamado Francisco Bravo Hinostroza,
presentó una demanda pidiendo que se ponga en libertad a Juana de Aponte y a
las demás mujeres encarceladas injustamente.
“ En nombre de Juana de Aponte y
Manrique, presa en el pueblo de San Martín de Chacas, mi prima hermana, y
presentando por ella voz y causión de trato, digo: Que el licenciado
Pedro de Miranda y Zevallos, cura inter de esta doctrina, estimulado y por
sugestión
del doctor don Francisco de Prado, cura de San Luis de Huari, a procedido a
formar causa contra la dicha Juana de Aponte y otras mujeres, procesándolas
por algunas supuestas delaciones que han maquinado calumniosamente la enemistad
y colusión
de quien promueve dicha causa imputándoles a las dichas que son
superticiosas y maléficas,
y sin fundamento legítimo
ni más
méritos
que la disposición
siniestra de los mismos calumniantes a puesto presa a la dicha Juana de Aponte,
y embargado no solo sus bienes sino los que pertenecían
a otros terceros (..), y la tienen encausada con notable rigor, denegándola
todos los recursos”.
Todas las doctrinas —pueblos administrados por lo españoles para
evangelizar— tenían pequeñas cárceles o calabozos situados por lo general cerca
de la iglesia o en la casa del cura. Su finalidad no era como las cárceles
que ahora conocemos. En esas épocas, en las cárceles de los pueblos se
castigaban por faltas menores, como: emborracharse, ausentarse del trabajo
comunitario, no asistir a misa o desobedecer al cura o a las autoridades
locales (caciques, alcaldes o corregidores) o presuntamente practicar brujería.
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